VIRNA Y ERNESTO / CINE

ANALISIS DE UN CONTRATO TIPO
Por Virna Molina - Artículo del año 2009.


Desarrollo de un contrato Tipo entre una casa productora y un documentalista.

El documentalista desarrolla el proyecto, en muchos casos filma el documental o llega hasta la mitad de su rodaje y al encontrarse sin recursos financieros recurre a la productora, principalmente para que esta gestione ante el INCAA un subsidio por 4ta Vía.

El contrato se desarrolla a partir de una serie de puntos. Marcaremos las instancia claves para poder entender que concesiones uno realiza como documentalista (realizador integral), hasta donde logra mantener el control de la obra y que capacidad de sustentabilidad a futuro se le plantea.

1º- Generalmente el contrato no especifica una fecha de finalización. Si es así la casa productora tendrá derechos eternos sobre la obra.

2º- Se define en el contrato no sólo quienes desempañarán los roles de la producción ejecutiva, sino también las cabezas de áreas (si durante el rodaje al documentalista no le gusta como trabajan las cabezas de áreas, habrá que modificar el contrato para cambiarlo).Se fija un presupuesto total para la obra y se especifica las inversiones hechas por las partes hasta el momento. En reiteradas ocasiones el documentalista sólo detalla los gastos de inversión de dinero hecha, pero no considera el valor que tienen las horas de trabajo invertidas. Y este punto es muy importante ya que la división de ganancias se reparte por porcentajes, una vez que las partes cubren la inversión hecha antes de la firma del contrato.

Se define un tiempo de producción, con fecha tentativa de estreno del film. Y estas fechas muchas veces se encuentran condicionadas por agentes externos a las demandas propias de la película (tiempos límites de producción que establecen algunos fondos, festivales, etc). A esto debemos sumarle una realidad simple: mientras menor sea el tiempo que demore la producción del film, menor serán los costos en materia de salarios del personal técnico que allí se desempeñe y más rápido se iniciará el proceso de obtención de ganancias, con la venta del film. Es decir el productor intentará por todos los medios potenciar la fuerza productiva de trabajo y en un proceso de investigación – creativo atenta contra el resultado del trabajo.

3º- Como obligación de la casa productora aparece fuertemente la tarea de GESTIONAR financiamiento, pero no de INVERTIR capital.
Por lo tanto la productora no adquiere riesgos, pero si lo hace el documentalista que entrega el control de su obra a una empresa. Si esta no demuestra capacidad para desarrollar su tarea, son escasas o nulas las herramientas legales del realizador, para desligarse del compromiso adquirido.

4º-
a) Armar diseño de producción, plan financiero.
La casa productora se reserva el derecho de planificar la producción:
b) Contratar equipo técnico.
c) Gestión administrativa y legal.
Desligarse de la planificación productiva debe saber el documentalista que es perder el control sobre la obra. Es imposible pensar la labor creativa disociada de la producción concreta material. Una retroalimenta a la otra y es la producción material la que nos ubica como sujetos activos en la realidad que vamos a registrar, nos relaciona con ese entorno y el resto de los sujetos, y nos abre los caminos para desarrollar materialmente las propuestas estéticas y narrativas que diseñamos para el film. Forma y contenido se fusionan en la producción material del día a día, tanto en el rodaje como en la edición, de la misma forma que lo abordamos durante el proceso de desarrollo de proyecto (primera fase de la investigación) pero con mucha más intensidad. Es ahí donde se muestra vivo el proceso creativo artístico, es ahí donde el documental toma identidad y se proyecta como obra cinematográfica. Aquel que piensa el proceso creativo como una instancia aséptica donde el “creador” se aísla del medio y de la problemática “mundana” para dar a luz un talento oculto, una “luz creativa”, muy oculta adentro suyo, no puede obtener otra cosa que el resultado de un proceso ajeno a la realidad de la clase protagonista de los procesos productivos y muy cercana a otra clase, que necesita inventar un universo ficticio y vacío del peso cruel que imprime la lógica del mundo actual, para aliviar la condena de su conciencia.

5º- División de Derechos y Ganancias 50% para la casa productora, 50% para el documentalista.
La casa productora no sólo se queda con el 50% de las ganancias provenientes de la comercialización del film en cualquier soporte o formato existente y por venir, sino que se queda con la mitad los derechos de autoría del film. Eso significa que no sólo se benefician sobre las ganancias que este pueda dar, sino que se denominan por contrato 50% creadores de la obra. Teniendo en cuenta que gestión no es sinónimo de creación, difícilmente este ítem tenga un sustento lógico o legal.
Cabe aclarar que las ganancias se dividen de esta forma una vez las partes hayan recuperado la inversión hecha hasta la firma del contrato.

6º- En relación con los subsidios y/o financiamiento INCAA:
a) La casa productora se queda con el 10% de participación de todos los subsidios provenientes del INCAA. En concepto de honorarios por su labor en el film.

b) El realizador integral de la obra recibe un 8% en conceptos de honorarios por su labor en el film. Si comparte las tareas de producción ejecutiva con la casa productora, como ocurre en algunos casos de documentalistas con más trayectoria, recibe un 5% sobre cualquier subsidio que otorgue el INCAA, por esta labor.

Coproducciones:

a) La casa productora se lleva una comisión del 15% sobre los contratos de coproducción gestionados por ésta.En todos los casos los depósitos provenientes de coproducciones o fondos de financiamiento de cualquier parte del mundo ingresan a la cuenta bancaria de la productora.

Es importante hacer notar, que si por algún motivo la empresa quiebra, el documentalista se queda sin fondos para terminar el film. Aunque los fondos de financiamiento y/o coproductores, hubiesen pagado en tiempo y forma.

7º- La casa productora exige al documentalista todos los elementos necesarios para hacer las presentaciones ante los organismos de financiamiento.

Es decir el Desarrollo de Proyecto y material audiovisual. Algunas productoras le piden, ellas mismas, a los documentalistas un GUION de no menos de 60 páginas. Todo documentalista que haya realizado un film, sabe muy bien que es imposible escribir un guión literario tal como se concibe en el cine de ficción en el campo documental.Escribir un falso guión implica horas de trabajo por parte del realizador, tiradas a la basura, ya que no aportan al enriquecimiento del proyecto, pero si responden a lógicas absurdas de la burocracia administrativa de algunos fondos de financiamiento que lo exigen (ej: 4ta vía INCAA).

8º- La productora se reserva el derecho de participar en el corte final del film. Y además está habilitada para contratar servicios de técnicos (ej. montajista), no designados por el documentalista, si lo considera necesario. Restando los honorarios del técnico del presupuesto del film.Después se vuelve a plantear que el documentalista tiene el corte final, pero esto es verdaderamente contradictorio y poco factible si se respeta el párrafo anterior.

Se romper la lógica de la mirada del realizador. El productor contrata a una persona ajena al proceso productivo de la obra para direccionar el corte de la película, hacia un punto distinto del que posee el realizador.

9º- La casa productora se reserva el derecho de distribuir el film o elegir quién desarrollará esta tarea.Con este punto el documentalista ya no tiene el derecho de decidir cómo se va a distribuir su obra, como llegará al público. En un documental la motivación del mismo muchas veces está ligada justamente la necesidad social y cultural para que la obra llegue a determinada comunidad, grupo de personas, etc. Es por esto que si el documentalista pierde el poder de decidir cómo va a circular el film, desaparece en muchos casos la motivación que dio origen a la existencia de la obra.

HACIENDO SINTESIS OBSERVAMOS:

- Se reconoce el proceso de producción como una instancia aislada del proceso realizativo – creativo y de investigación. Es por ello que se entiende a la figura del Productor Ejecutivo como el máximo responsable del área financiera, administrativa, organizativa y legal del film. El capacitado para planificar el proceso productivo del film.

- El Documentalista se suma a la realización del film como un empleado más de la casa productora, con más poder de decisión y mayor porcentaje de ganancias sobre la película que el resto de los empleados, pero deja de ser quien posee el control sobre el film.
- Los tiempo de producción, las formas legales y administrativas están orientadas a obtener mayor rentabilidad financiera, pero no admiten RIESGOS en función de profundizar la potencialidad artística y científica del film.

RES.632/07
Por primera vez en la historia de las Reglamentaciones que ha elaborado el INCAA sobre nuestra ley de cine, se han incorporan las necesidades de la producción documental de realización integral, a la lógica del otorgamiento de financiamiento.

Con la RES.632/07 los pagos son a medida que la realización del film lo va necesitando y no al finalizar el mismo. Es decir, el documentalista no necesita contar con el capital por adelantado, esto le da independencia.

Se evalúan el potencial del proyecto sin anteponer restricciones arbitrarias como los antecedentes excluyentes que exige hoy la 4ta vía de Fomento, no lo obliga a vincularse a una casa productora.

El realizador se queda con todos los derechos sobre la obra. El INCAA compra los derechos de televisación, en canales de aire estatales, en territorio argentino (por un período a determinar) y no tiene injerencia sobre el proceso de producción. Esto abre un camino a futuro de sustentabilidad y por lo tanto continuidad en la producción de otras obras, (recuperando en la comercialización del film,los fondos para la siguiente película).

Un punto a modificar: hoy la Res. 632 prevé el lapso de un año para la realización del film, una vez que se da inicio de rodaje. Si bien no existieron aún casos de realizadores que hayan tenido que solicitar prórroga, para desarrollar con más tiempo alguna de las etapas de producción (porque la resolución hace apenas un año que entró en vigencia), es probable que en un futuro se de, ya que es muy poco tiempo un año para rodar y post-producir un largometraje documental.

por Virna Molina - Artículo del año 2009.